ESPMEXENGBRAIND

16 Sep 2026
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El nuevo Acuerdo de Aditivos en México exige a la industria de alimentos revisar límites, listas de ingredientes y fórmulas antes de su entrada en vigor.
Nuevo Acuerdo de Aditivos en México claves técnicas y regulatorias que la industria alimentaria debe evaluar antes de su entrada en vigor

La actualización normativa de Cofepris redefine listas de sustancias autorizadas, dosis máximas y coadyuvantes, obligando a procesadores e industrias lácteas a auditar fórmulas, empaques y cadenas de suministro.

La inminente entrada en vigor de la actualización del Acuerdo de Aditivos en México, impulsada por la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), representa un punto de inflexión regulatorio para la industria de alimentos y bebidas preenvasadas. La disposición actualiza de manera integral las listas de aditivos, enzimas y coadyuvantes de elaboración permitidos en el territorio nacional, armonizando el marco jurídico mexicano con las directrices científicas del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), el Codex Alimentarius y las agencias regulatorias de referencia internacional.

El nuevo esquema técnico demanda una auditoría exhaustiva por parte de las áreas de Investigación y Desarrollo (I+D), Calidad y Asuntos Regulatorios en las plantas procesadoras. Entre los cambios más significativos destacan la modificación y endurecimiento de los límites máximos de uso en categorías funcionales clave —tales como conservadores, antioxidantes, emulsificantes, estabilizantes y colorantes—, así como la restricción o exclusión paulatina de compuestos bajo escrutinio toxicológico reciente, a la par de formalizar el ingreso de nuevos insumos de origen natural que responden a la demanda de fórmulas con etiquetas más limpias (clean label).

Para la industria láctea y de derivados procesados, el impacto del acuerdo resulta determinante en líneas de alta formulación como yogures, leches saborizadas, postres lácteos, quesos procesados o fundidos y análogos. La revisión de los niveles permitidos de fosfatos, gomas estabilizantes, espesantes y acidulantes obliga a las empresas a evaluar si los productos en catálogo conservan el balance reológico, la viscosidad y la estabilidad de emulsión sin rebasar las nuevas concentraciones estipuladas, evitando al mismo tiempo alteraciones en la vida de anaquel de los alimentos terminados.

En el plano comercial y de manufactura, las empresas deben gestionar con estricta planeación los plazos de transición y los periodos permitidos para el agotamiento de inventarios de materias primas y material de empaque. Las adecuaciones en formulaciones tienen un impacto directo en la lista descendente de ingredientes y en la concordancia con la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 sobre etiquetado frontal, por lo que cualquier modificación en aditivos o coadyuvantes debe trasladarse a los empaques comerciales para prevenir observaciones sanitarias, retiro de lotes o multas por parte de las autoridades fiscalizadoras.

Especialistas del sector coinciden en que la anticipación técnica y el trabajo conjunto con los proveedores de ingredientes serán los factores determinantes para resguardar la competitividad y la continuidad operativa de los negocios alimentarios en México. Aquellas organizaciones que establezcan diagnósticos preventivos en sus portafolios y ejecuten pruebas piloto de reformulación no solo asegurarán el estricto cumplimiento normativo ante Cofepris, sino que fortalecerán su reputación de marca al proveer alimentos seguros, funcionales y transparentes a los consumidores.

Fuente: The Food Tech

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